Será que me estoy volviendo mayor, que me fijo en otras cosas, sera que me estoy dando cuenta de que algo esta cambiando, será que este verano releí “V de Vendetta”, será por algo, pero tengo extrañas sensaciones.
Noticias como que “7 de cada diez ciudadanos esta a favor de la videovigilancia en lugares publicos”
O como que “La Generalitat prohibe el Happy Hours (2×1 en bebidas)” me hacen plantearme cuestiones “existenciales”.
Estan consiguiendo los gobiernos meternos miedo? Y la que mas me preocupa hasta donde puede un gobierno prohibir u obligar? En este caso, se mete en un negocio y le dice al dueño “oye tu, no vendas la bebida al precio que tu quieras”.
Pero dejo atras esta “pecata minuta”, ya que el tema que me trae a escribir hoy es algo mas serio. Tan serio como que si ya tienes una falsa sensacion de libertad, solo hay que leer unos decretos para darse cuenta de que estamos ante un salto en la eliminacion de nuestras libertades.
El otro dia en “La Rosa de los Vientos”, mi admirado Carlos Canales saco un tema en la tertulia que me dejo francamente intranquilo.
Ni que decir tiene que cuando Carlos habla no habla por hablar… solo hay que seguir su trayectoria. Como siempre mi querido amigo Funfrock se me adelantó(no se de donde saca el tiempo) en el desarrollo del tema asi que muchas cosas de las que leeras aqui vienen de su post.
Os cuento y por favor poner mucha atencion.
“Enero de 2009 la empresa Baxter , distribuyó 73 kg. de material a laboratorios de Europa para preparar miles de vacunas para la campaña estacional de la gripe común, esto es antes de que antes de que el 17 de abril se diagnostiquen los primeros casos en USA de gripe A. Un laboratorio checo biotest analizó el material de Baxter inoculándolo sobre hurones los cuales murieron. De haberse realizado la vacuna miles de personas moriría.
La vacuna de la gripe A sólo se facilita a estados que garanticen la IMPUNIDAD en caso de que las vacunas tengan efectos adversos sobre la población.
En algunos estados de USA las personas que no se vacunen pueden ser arrestadas sin orden judicial y la vacunación es obligatoria.”
Ahora bien, esto pasa fuera no? Fijaros en este texto.
Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales.:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
a) Los requisitos para el uso compasivo, en condiciones excepcionales, de medicamentos en fase de investigación clínica en pacientes que no formen parte de un ensayo clínico.
Artículo 9. Autorización temporal de utilización de medicamentos en investigación al margen de un ensayo clínico.
2. La autorización temporal de utilización incluirá los requisitos y las condiciones en las cuales puede utilizarse el medicamento en investigación fuera del marco de un ensayo clínico sin necesidad de solicitar una autorización de acceso individualizado para cada paciente, y se pondrá a disposición de los interesados.
Resumiendo: El estado decide si utilizar un medicamento no probado sobre cualquier individuo sin previa autorizacion
A ello le añadimos otros Reales Decretos del año 86 sobre Disposiciones Especiales de Salud Pública que: ”
Con la finalidad de controlar enfermedades transmisibles la autoridad sanitaria además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que hayan estado o estén en contacto con ellos y del medio ambiente inmediato así como las que consideren necesarias en caso de riesgo de transmisión“
AMPLIACIÓN apartado 5 del artículo 24 de la ley 29/2006
5. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá autorizar temporalmente la distribución de medicamentos no autorizados, en respuesta a la propagación supuesta o confirmada de un agente patógeno o químico, toxina o radiación nuclear capaz de causar daños. En estas circunstancias, si se hubiere recomendado o impuesto por la autoridad competente el uso de medicamentos en indicaciones no autorizadas o de medicamentos no autorizados, los titulares de la autorización y demás profesionales que intervengan en el proceso estarían exentos de responsabilidad civil o administrativa por todas las consecuencias derivadas de la utilización del medicamento, salvo por los daños causados por productos defectuosos.
Aqui ya es el remate, no solo te obligan a “vacunarte”, ademas de que si el medicamento no funciona como esperan, te deja secuelas o algo peor quedan exentos, sino que en el caso de que te nieges puedes ser retenido, multado, tu, tu entorno, PUEDEN HACER CONTIGO LO QUE QUIERAN… No creo que haya que dar mas explicaciones.
Tu sabias esto? Lo has visto en algun medio? Te parece irrelevante? Que haces ahi? Difundelo!!
Enlaces de interes
Los boe donde se referencia los decretos:
Gracias a Funfrock por su investigación.
